Inconstitucionalidad de la tasa ABL en barrios privados

Bahía Blanca 22 de mayo de 2018

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata dio lugar a la demanda promovida por Los Cipreses SA y un grupo de 36 vecinos del barrio privado La Reserva (Km 5,8 de La Carrindanga), reconociendo la inconstitucionalidad de la "tasa de servicios indirectos y directos varios" que les cobra el municipio.

El fallo, conocido la semana última, se opone al emitido en marzo de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo local, el cual había rechazado esa demanda por considerar que no había argumentos sólidos que la respaldaran.

Para los demandantes --patrocinados por el abogado Sebastián Marcos-- el municipio les cobra la mencionada tasa "como una alternativa a la de alumbrado, barrido y limpieza (ABL)", la cual no puede cobrarles por ser afrontado ese servicio por los propietarios mediante las expensas.

"La municipalidad creó un tributo sobre servicios absolutamente abstractos, tal resulta ser la tasa por servicios indirectos", indican.

En el fallo que en principio rechazó ese planteo, se consideró que la tasa cuestionada "no contenía elementos contrarios o lesivos a la constitución", ni tampoco "violenta el principio de legalidad tributaria".

Por otra parte, de no cobrarse, "estaría colocando a los vecinos de La Reserva en una situación de privilegio, beneficiados por servicios que no retribuyen".

La tasa de servicios indirectos, según la define la ordenanza fiscal, comprende tareas desarrolladas por la municipalidad que benefician también a los habitantes de La Reserva.

Esas prestaciones son variadas, por caso la conservación y mejorado de la calle de acceso al barrio, tareas de defensa civil, mantenimiento de espacios verdes, ruidos molestos, limpieza de alcantarillas, desmalezamiento y combate de plagas, entre otras.

La otra visión

La Cámara de Mar del Plata, al dar lugar al planteo vecinal de inconstitucionalidad del tributo, menciona que la tasa fue creada "con la exclusiva finalidad de obtener ingresos para financiar la actividad general del estado" y que las pericias contables demuestran que es una recaudación que ingresa a rentas generales, sin tener una designación específica".

Por eso la compara con el impuesto sobre los bienes personales, "lo que violenta la garantía constitucional de igualdad".

También consideró que la municipalidad "no justificó su pretensión de cobrarla ni explicó como esos servicios externos y genéricos benefician al propietario de un inmueble en el barrio cerrado".

"Si bien puede ser cierto que algún vecino se beneficie con, por ejemplo, un control de plagas, no lo es menos que esa tarea es dirigida a la totalidad de los habitantes de la ciudad", sugiere la Cámara.

Por último, los jueces mencionan que el hecho que los propietarios de los barrios privados no paguen el ABL "no justifica que la comuna los persiga con el cobro de la tasa de servicios indirectos", considerando que tal postura "afecta el principio constitucional de legalidad tributaria".

Las voces

La titular de la Asesoría Letrada de municipio, Karina Mahon, anticipó a La Nueva. que la municipalidad apelará --ante al suprema corte provincial--, el fallo de la Cámara de Mar del Plata, ente que decidirá la suerte final de la medida. Sin embargo, previendo que esa resolución quede firme, alertó de la situación a la secretaría de Hacienda municipal para que considere la afectación tributaria que puede generar y las alternativas viables.

El abogado Sebastián Marco, representante de los vecinos de La Reserva, puntualizó que el planteo de los vecinos se presentó en 2014 y mencionó que la inconstitucionalidad de este tipo de tasa ya se verificó en otros barrios cerrados de la provincia.

"Es algo que se cobra sin que haya contraprestación alguna, lo cual es inconstitucional", indicó.

El futuro

   De ratificarse el fallo que declara inconstitucional la tasa de servicios indirecta, la misma dejará de cobrarse a los 36 firmantes de la presentación judicial.

Generará además una jurisprudencia que habilitará a los habitantes de los barrios cerrados locales a plantear el mismo derecho.

Hoy la ciudad cuenta con tres urbanizaciones cerradas (Solares Norte, Bosque Alto y La Reserva) con un total de 710 parcelas.

Si se toma que cada una paga de tasa indirecta unos 15 mil pesos al año, significa que el municipio resignaría el cobro de 10,6 millones de pesos.

 

 

FUENTE: DIARIO LA NUEVA PROVINCIA

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